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sábado, 2 de marzo de 2013

Derecho de l@s menores con discapacidad


Los menores con discapacidad deben gozar de los mismos derechos y oportunidades que el resto de la sociedad y esto ha de plasmarse en el reconocimiento de una serie de condiciones que esta guía detalla:

Vida cotidiana y condiciones de movilidad:
- Derecho a una vivienda digna y adecuada a sus necesidades especiales
-Derecho a circular libremente con la garantía del transporte accesible
- Derecho a que se adecuen los espacios en los que permanecen habitualmente los menores con discapacidad a sus necesidades para que puedan participar plenamente en la vida social.

Conocimiento de su discapacidad:
- Derecho a recibir información, adecuada a su edad, desarrollo mental y estado afectivo y psicológico, acerca de su discapacidad, el tratamiento que sigue y las perspectivas positivas del mismo.
- Derecho a la intimidad. Se debe respetar lo que el niño quiera dar a conocer a los demás y lo que no quiere contar.

La salud:
- Derecho a la protección de la salud y a los servicios para el tratamiento de las enfermedades.
-Derecho a la detección y tratamiento precoz de enfermedades congénitas, así como de las deficiencias psíquicas y físicas, teniendo en cuenta la ética, la tecnología y los recursos existentes en el sistema sanitario.
- Derecho a la aplicación de técnicas y recursos de mejora y rehabilitación de secuelas que hayan podido tener por causa de enfermedad adquirida, congénita o accidente, desde el punto de vista físico, psíquico y sensorial.
-Derecho a recibir la ayuda técnica precisa para favorecer su desarrollo personal y social.
- Derecho a acceder y utilizar los servicios sociales sin discriminación por su discapacidad.

La educación:

-Derecho a recibir una enseñanza gratuita, en condiciones de igualdad de oportunidades.

-Derecho a recibir una educación adaptada a las necesidades personales desde el momento en que se detecte la discapacidad.

-Derecho a recibir atención educativa en caso de estar hospitalizado o de convalecencia en su propio domicilio.

-Derecho a participar en todas las actividades escolares.

- Derecho a recibir asesoramiento, formación y apoyo técnico para el acceso al primer empleo.


El ocio:
-Derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a actividades recreativas y culturales propias de su edad, así como disponer de espacios adecuados para ello.

La familia:
-Derecho a recibir apoyo en la prestación de cuidados personales a aquellos de sus miembros que por su discapacidad lo necesiten.
- Derecho de los padres a ser informados de la situación de su hijo siempre que no se conculque el derecho a la intimidad de éste.
-Derecho de los padres o de la persona que los sustituya a pedir la aplicación de todos los derechos en el caso de los niños inmigrantes con discapacidad.
- Derecho a percibir la prestación por hijo a cargo cuando existen menores con discapacidad.
-Derecho de los padres a elegir centro escolar entre aquéllos que reúnan los recursos personales y materiales adecuados para garantizarles una atención educativa de calidad.
-Derecho de los padres a colaborar en el proceso de identificación de las necesidades y en las actuaciones de rehabilitación.

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